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Los Diputados tendrán 18 días de vacaciones en Semana Santa

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El pasado jueves 10 de abril las puertas del Congreso se cerraron y se estrenaban así las vacaciones de los diputados, que podrán disfrutar de la Semana Santa durante 18 días, hasta el próximo martes 29, cuando ha sido convocada su 'vuelta al pleno'.

Casi dos semanas y media fuera del hemiciclo, muchos más días de los que pueden disfrutar la mayoría de los trabajadores o de las vacaciones en enseñanza. Y si la vuelta puede ser dura, el puente de mayo hará que para sus señorías sea más llevadera.

Tras reincorporarse el día 29 y tener pleno tanto ese martes como el miércoles 30, el Congreso vuelve a darles un respiro y hasta el 6 de mayo no les convocará de nuevo.

Según el calendario, dependiente de la Mesa del Congreso, el hemiciclo acogerá 16 plenos en los meses de mayo y junio. Los diputados españoles, además de desempeñar sus labores en estas sesiones plenarias, también tienen otras responsabilidades, como la del trabajo en comisiones, además de sus labores de despacho.


¿Cambios en vacaciones?
El pasado mes de febrero en esa Cámara se empezó a debatir la reforma de las normas de funcionamiento de la Cámara, que datan de 1982. Una era la de posibilidad de que los meses de enero y julio dejaran de ser extraordinarios a efectos parlamentarios, algo que el presidente del Congreso, Jesús Posada, calificó de "perfectamente factible".

No le produjo la misma opinión la propuesta que plantearon Izquierda Plural o UPyD para hacer que sus señorías 'ficharan' al entrar. Posada lo consideró "un poco extremo" y argumentaba así a los periodistas su opinión: "Los ciudadanos eligen al diputado para que los defienda políticamente en el Congreso pero, a veces, tienen que estar en otros sitios o mantener reuniones en su provincia o fuera de ella -ha explicado-. Es erróneo tratar a un diputado como si fuera un funcionario del Congreso. Los que tienen que tener horario son los funcionarios del Congreso, pero no los diputados".

En total los diputados disfrutan de tres meses al año de vacaciones: agosto y julio y enero. El artículo 73 de la Constitución divide la actividad parlamentaria en dos periodos ordinarios: de septiembre a diciembre y de febrero a junio el primero.



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