(A propósito de la publicación de un documento sobre el crimen de García Lorca)
El 22 de abril de 2015 la prensa se ha hecho eco de la aparición de un informe de la Jefatura Superior de policía de Granada, fechado el 9 de julio de 1965. En él se reconoce que el asesinato de Federico García Lorca, en agosto de 1936, fue un crimen de estado.
En realidad, a este documento han tenido acceso la «Cadena Ser» y el periódico digital «eldiario.es», que lo han reproducido. Este medio ha publicado que ha tenido acceso «en exclusiva» y ha añadido que «Fuentes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte han señalado que no tienen constancia de este documento, pero están tratando de localizarlo».
Como a su vez ha aclarado el hispanista Ian Gibson, el valor fundamental del documento reside en el reconocimiento del crimen de estado que significó la muerte de García Lorca. Asimismo, lo que ha vuelto a poner de manifiesto la aparición del citado informe de la Jefatura Superior de Policía de Granada es la situación de los archivos de la represión franquista, custodiados por el Gobierno español. Una situación que no hace sino garantizar la impunidad de los crímenes de la dictadura del general Franco.
Debe subrayarse el hecho de que un medio de comunicación afirme que ha tenido acceso “en exclusiva” a un documento de la represión franquista. Porque el acceso a ese documento debiera ser absolutamente libre, no sólo para los investigadores, sino para la ciudadanía en su conjunto.
Es preocupante asimismo que nadie haya explicado en qué archivo público está depositado el citado documento. Y no sólo eso, sino cómo es posible que medios de comunicación lo hayan obtenido en exclusiva; es decir, de manera privilegiada. Sorprende menos la declaración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el sentido de ignorar la existencia del documento. Porque a día de hoy los archivos de la represión siguen en manos de las instituciones herederas de aquellas que la ejercieron: la Policía, la Guardia Civil y el Ejército. Estos archivos deberían haber sido transferidos, de manera que de su gestión se ocupen instituciones archivísticas públicas, cuya misión sea facilitar su acceso y, con ello, permitir el conocimiento público. Así se deduce de las recomendaciones a los poderes públicos realizadas por el Consejo Internacional de Archivos y la UNESCO en su informe sobre «Políticas archivísticas para la defensa de los derechos humanos» de 1995, actualizado en 2009.
Por otra parte, el «Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Pablo de Greiff», de julio de 2014, relativo a España señalaba, entre otras cuestiones:
«Sin embargo, si bien una gran cantidad de documentos estarían en teoría disponibles, en la práctica persisten dificultades y restricciones en su acceso. Varias fuentes indican una disparidad en las prácticas y posibilidades de acceso en función de los archivos o funcionarios a cargo, una amplia dispersión de la información y falta de medios técnicos y de personal que garanticen el registro de todos los documentos para su debido acceso. También indican que generalmente no se permite el acceso libre a los archivos, limitando la orientación de las investigaciones. No existen mecanismos para atender las reclamaciones o interponer recursos en caso de negación del acceso. También reportan impedimentos en la localización de algunos fondos, como el archivo de inteligencia del Servicio Central de Documentación de la Presidencia del Gobierno».
Y continúa:
«El Relator Especial expresa preocupación por que, invocando riesgos a la seguridad nacional y la Ley de Secretos Oficiales, documentos históricos y grandes fondos militares y policiales permanecen clasificados y sin criterios claros que permitan su desclasificación».
También advierte:
«El Relator Especial señala que la legislación y reglamentaciones vigentes no resuelven las dificultades mencionadas en materia de acceso, las cuales pueden abordarse a través de una política estatal y una ley de archivos que revise los criterios aplicables en materia de privacidad y confidencialidad, de conformidad con los estándares internacionales, incluyendo el derecho a la verdad.
El Relator Especial lamenta que la reciente Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno no haya sido la oportunidad para abordar los vacíos legales en materia de acceso. Lamenta que recientes propuestas legislativas que buscaban atender esta situación hayan sido desestimadas»
La divulgación del documento de la policía de Granada relativo a la muerte de García Lorca no hace sino acrecentar las preocupaciones expresadas por el relator especial de la ONU.
La Red de Archivos de CCOO quiere, por esta razón, expresar la necesidad perentoria de un cambio en las políticas archivísticas del gobierno del Reino de España, de modo que permitan la conservación y el tratamiento de los archivos de la represión franquista con criterios archivísticos profesionales. Criterios al servicio exclusivo del libre acceso a la verdad de los crímenes del franquismo, a la justicia y a la reparación de las víctimas y sus familiares.
Madrid, 27 de abril de 2015 Red de Archivos Históricos de CCOO